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¿Es la Junta de Prevención y Resolución de Disputas la solución definitiva para evitar la paralización de obras públicas?

La Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JRD) se ha consolidado como un mecanismo técnico clave para acompañar la ejecución de obras de infraestructura. Sin embargo, desde la perspectiva de la gestión de inversiones, su efectividad se ve comprometida cuando las partes tratan sus decisiones vinculantes como simples formalidades o contingencias aplazables. La falta de ejecución inmediata de los fallos de la JRD distorsiona su naturaleza preventiva y traslada disputas puramente técnicas a largos y costosos procesos arbitrales.

En el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, la JRD mantiene una función dual decisiva: prevenir controversias mediante el acompañamiento permanente en la obra y resolver desavenencias con decisiones de obligatorio e inmediato cumplimiento. La normativa dispone que el sometimiento a arbitraje de una decisión de la JRD no suspende su ejecución, garantizando así el flujo continuo de la inversión pública y evitando que la burocracia paralice el avance físico del proyecto.

En el Estudio Bonnett recomendamos a los ejecutores de obra y entidades del Estado implementar un protocolo gerencial de atención oportuna a las recomendaciones de la JRD, acatando de inmediato sus decisiones vinculantes para blindar el contrato ante futuras responsabilidades y reducir de manera sustancial los litigios arbitrales.

Para asesoría especializada, contáctanos al WhatsApp 980670384 o francisco.bonnett@estudiobonnett.com con atención al Dr. Francisco Bonnett.

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