CONSEJO LEGAL:

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¿Cómo asegura la Junta de Prevención y Resolución de Disputas la continuidad operativa en las obras públicas?

La Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JRD) constituye un mecanismo técnico y preventivo fundamental para mitigar los riesgos de paralización y los elevados costos de litigio en la ejecución de obras de infraestructura. A diferencia del arbitraje tradicional, que suele intervenir de manera posterior al surgimiento del conflicto, la JRD se integra en la dinámica contractual para identificar y resolver controversias de forma inmediata. Su función primordial es acompañar a las partes durante todo el proceso constructivo, brindando soporte técnico y legal que permita superar desacuerdos antes de que estos escalen a disputas críticas que comprometan la entrega oportuna del proyecto y el interés público.

De acuerdo con el marco establecido por la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, la JRD es de aplicación obligatoria para contratos de ejecución de obras que superen los umbrales determinados por la normativa vigente. El artículo 85 de la referida Ley establece que este órgano ejerce funciones preventivas mediante el acompañamiento permanente y facultades decisorias vinculantes para resolver discrepancias de manera eficiente. El Reglamento desarrolla los procedimientos operativos, detallando que los miembros de la JRD deben actuar con absoluta imparcialidad e independencia, asegurando que sus decisiones se basen en criterios técnicos sólidos y en el estricto cumplimiento de las condiciones contractuales pactadas bajo el nuevo enfoque de gestión por resultados.

En el Estudio Bonnett recomendamos a las entidades y empresas contratistas realizar una selección rigurosa de los miembros que integrarán la JRD, priorizando perfiles que posean una acreditada solvencia técnica y un dominio profundo de la Ley 32069. Una gestión proactiva ante este órgano permite resolver discrepancias sobre valorizaciones, ampliaciones de plazo o consultas técnicas en tiempo real, evitando que el proyecto derive en procesos arbitrales prolongados que afecten la liquidez financiera del ejecutor y el cumplimiento del cronograma físico de la inversión pública.

Para asesoría especializada, contáctanos al WhatsApp 980670384 o francisco.bonnett@estudiobonnett.com con atención al Dr. Francisco Bonnett.

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