CONSEJO LEGAL:

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¿Conoce las implicancias y límites para la aprobación de adicionales de obra bajo el nuevo marco legal?

En la ejecución de obras públicas, surge frecuentemente la necesidad de realizar prestaciones adicionales que no estaban previstas originalmente en el expediente técnico, pero que resultan indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. La gestión de estos adicionales requiere un análisis riguroso de la causalidad y el cumplimiento de requisitos procedimentales para evitar responsabilidades administrativas y garantizar la continuidad de la infraestructura. Bajo el actual enfoque de eficiencia y valor por dinero, la aprobación de adicionales ya no es solo un trámite administrativo, sino una decisión estratégica que impacta directamente en la gestión del gasto público y la satisfacción de las necesidades ciudadanas.

De acuerdo con la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, la entidad puede ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de obra hasta por un límite del quince por ciento (15%) del monto del contrato original, siempre que estas se originen por deficiencias del expediente técnico o situaciones imprevisibles posteriores al perfeccionamiento del contrato. Es fundamental precisar que el marco normativo vigente establece que la aprobación de adicionales que superen dicho porcentaje requiere la autorización previa de la Contraloría General de la República, manteniendo una rigurosidad técnica absoluta en la cuantificación y el sustento de la necesidad para evitar controversias en la liquidación final.

En el Estudio Bonnett recomendamos a las entidades y contratistas realizar una revisión exhaustiva del cuaderno de obra digital y los informes de sustento técnico-económico antes de proceder con cualquier ejecución física de mayores metrados o adicionales. La falta de una resolución de aprobación previa o la ausencia de certificación presupuestal puede acarrear la nulidad de los actos y la imposibilidad de pago, generando controversias que podrían evitarse con un acompañamiento legal especializado desde la etapa de formulación de la necesidad técnica.

Para asesoría especializada, contáctanos al WhatsApp 980670384 o francisco.bonnett@estudiobonnett.com con atención al Dr. Francisco Bonnett.

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