CONSEJO LEGAL:

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¿Conoces el propósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento bajo la nueva Ley 32069?

Este es un mecanismo de respaldo fundamental en la contratación pública, diseñado para proteger los intereses del Estado. Su objetivo principal es asegurar la correcta y oportuna ejecución de las obligaciones asumidas por el contratista. En caso de incumplimiento, la Entidad puede ejecutar esta garantía para resarcirse económicamente por los perjuicios ocasionados, garantizando así la continuidad y correcta culminación del objeto contractual.

Esta figura se encuentra regulada en el Artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su procedimiento está detallado en el Artículo 148 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. La normativa establece que, para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad una garantía incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original.

En el Estudio Bonnett recomendamos una gestión proactiva y diligente de esta garantía. Para las Entidades, es crucial verificar la autenticidad del documento ante la entidad financiera emisora. Para los contratistas, es imperativo gestionar su renovación con la debida antelación a su vencimiento, pues el no hacerlo constituye una causal de resolución automática del contrato, con graves consecuencias económicas y legales.

Para asesoría especializada, contáctanos al WhatsApp 980670384 o info@estudiobonnett.com con atención al Dr. Francisco Bonnett.

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