¿Sabe cómo la Junta de Prevención y Resolución de Disputas garantiza la eficiencia en la ejecución de sus obras públicas?
La gestión de controversias en la contratación pública ha evolucionado hacia un modelo preventivo que prioriza la continuidad operativa de los proyectos de infraestructura. La Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JRD) actúa como un panel de expertos independientes que acompaña la ejecución de la obra, permitiendo que las discrepancias técnicas sean resueltas de manera oportuna sin necesidad de paralizar las actividades en el campo. Este mecanismo transforma la litigiosidad reactiva en una gestión de riesgos dinámica y técnica que asegura el cumplimiento de las metas institucionales.
Conforme a lo dispuesto en el Título VI de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y lo desarrollado en el Título XII del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, la JRD tiene la función de prevenir y resolver controversias de manera vinculante durante la ejecución contractual. La normativa vigente establece la obligatoriedad de este mecanismo para contratos de obra que superen los umbrales económicos definidos, facultando a sus miembros a emitir decisiones de obligatorio cumplimiento inmediato. Esto evita que las discrepancias escalen a procesos arbitrales prolongados que pongan en peligro la entrega de la infraestructura.
En el Estudio Bonnett recomendamos integrar la estrategia de defensa técnica con el acompañamiento de la JRD desde el inicio del plazo contractual. Es fundamental documentar con precisión cada evento que afecte la ruta crítica de la obra y presentar los sustentos ante los miembros de la Junta con el rigor jurídico y técnico que la nueva Ley 32069 exige. Una gestión proactiva ante este órgano permite mitigar riesgos financieros y asegurar que las pretensiones de las partes sean atendidas bajo criterios de eficiencia y predictibilidad.
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